El matrimonio no se cambia por el deseo de un grupo de personas o de la corte, porque es la única
institución que genera descendencia, al engendrar una vida a través de la unión de un hombre y una
mujer como la institución familiar.
María Victoria Chan Cahuich
Cancún, Quintana Roo.– La constante en la vida como seres humanos, es el cambio a la capacidad de
adaptarse, lo que permite tomar lo mejor de cada situación para salir adelante.
México enfrenta cambios, que trastocan los valores fundamentales del ser humano, de ahí la importancia del papel fundamental de la familia, el matrimonio y de las acciones que los afectan.
La familia es base de la sociedad y la comunidad donde un individuo se forma, aprende sus principales
valores, es la primera escuela de la persona, donde aprende a valorarse a sí misma y a los demás. En el
hogar se encuentran los cimientos de la sociedad que es la institución más apreciada e importante para la
mayoría de la gente.
La primera comunidad de la persona en la que debe haber estabilidad, amor, aceptación, protección, por lo que si este cimiento nace de dos personas que no tienen un compromiso a largo plazo y estable, se puede romperse con facilidad y por ende, debilita a la familia.
Ciertas corrientes de pensamiento como la ideología de género, afectan al matrimonio y su concepto, de
pretender influenciar el cambio de las leyes. En 2016 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),
invalidó porciones de varios artículos al Código Civil en Jalisco, porque según su perspectiva excluían “de la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo”, al señalar que era “discriminatoria”. Decisión que cambió la definición de matrimonio como la unión de hombre–mujer, e imponer que las parejas del mismo sexo recibieran acta de matrimonio, equiparar la unión de personas del mismo sexo con el matrimonio. En 2010 Ciudad de México inicio la tendencia de aprobar este tipo de uniones, mediante la modificación de su legislación civil. En 2021 ya eran 24 entidades que aprobaron a las parejas del mismo sexo consideradas “matrimonio”, sea porque modificaron sus leyes estatales o bien por un fallo de la SCJN.
La adopción es el derecho del menor a tener una familia
El criterio para la adopción de menores, prevalece en el interés superior del menor quien nace de un padre y una madre y si por alguna razón perdió ese vínculo con su familia biológica, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) establece en ese caso que el menor no pueda ser reintegrado a su familia nuclear, padre y/o madre (siempre que las condiciones de la familia hayan cambiado para el bienestar del menor) las autoridades buscarán integrarlo con sus abuelos u otros familiares con los que exista un lazo consanguíneo y de afecto. De no ser posible, se buscará dar en adopción a una familia pues este es su derecho. Sin caer en confusiones: aunque en la sociedad se dice que hay “muchos tipos de familia”, se reiteró que toda relación familiar consiste entre personas que sean cónyuges, entendiéndose como la que se da entre un hombre y una mujer o por consanguinidad.
En agosto de 2010, la Ciudad de México se permitió la adopción por parte de parejas del mismo sexo, luego de que la SCJN validara una reforma al Código Civil del Distrito Federal, decisión impugnada por la PGR que la consideró inconstitucional, pero la corte determinó que dicha norma sí era constitucional, por lo que, se abrió la puerta a la adopción de parejas del mismo sexo en todo el país, como Coahuila, Campeche, Colima, Morelos, San Luis Potosí, Chiapas, Yucatán, Guanajuato, Chihuahua, Querétaro (aunque no está explícito en el Código Civil por tanto no hay impedimento legal) y Baja California. En 2017 la SCJN publicó en la gaceta del Seminario Judicial de la Federación, un apartado titulado: “Derecho a la familia de las parejas del mismo sexo”, en el que afirma que “existen parejas del mismo sexo que hacen vida familiar con niños procreados o adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances científicos para procrear”. Con esto reafirmó su criterio de permitir la adopción a parejas del mismo sexo. Como se ve la corte tiene una fuerte influencia de la ideología de género, y de la misma forma, otras instancias de gobierno están cedió a presiones ideológicas sin tomar en cuenta que, en la adopción, se deben considerar como preferentes los intereses del adoptado sobre el adoptante, y se les debe restituir a los niños sujetos de adopción aquello que perdieron, un padre y una madre.