Ciudad de México.— La libertad religiosa significa una conquista de progreso político y jurídico. Es un bien esencial: toda persona ha de poder ejercer libremente el derecho a profesar y manifestar, individual o comunitaria y colectivamente, la propia religión o fe, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, las publicaciones, el culto o la observancia de los ritos.

La libertad religiosa no es patrimonio exclusivo de los creyentes, sino de toda la familia de los pueblos de la tierra. Es un elemento imprescindible de un Estado de derecho.

El Estado auténticamente laico ofrece las condiciones necesarias para que el derecho humano a la libertad religiosa pueda ser plenamente ejercido. Es el Estado “laico” el que hace posibles concebir relaciones entre el Estado y la Iglesia Católica y denominaciones religiosas, bajo una nueva óptica que no se limita a asegurar el principio de separación entre ambas instituciones, sino que apela directamente a los derechos enraizados en la condición humana profunda.

La “laicidad del Estado” no significa de ningún modo la promoción de ideologías antirreligiosas o a—religiosas, que violan el derecho a la libertad religiosa bajo el pretexto de una supuesta “neutralidad” estatal. Frente Nacional por la Familia. Minuto de formación L# 37

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