Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidará artículos del Código Penal de  Coahuila que protegían la vida su concepción el 7 de septiembre, y dejar el precedente de favorecer la cultura de la muerte, dos días después invalidarán el artículo 4 bis A, fracción I de la Constitución de Sinaloa, que protege el derecho de la vida desde su concepción, mientras que para el 13 del mismo mes eliminarán la objeción de conciencia del personal médico mexicano para convertirlos en sicarios, dice un comunicado, promovido por la Alianza por la Vida en Quintana Roo.

Konaté Hernández

Cancún, Quintana Roo. –  Cientos, miles de ciudadanos se manifestaron a favor de la vida en la SCJN este lunes 13 de septiembre, lo que se replicó en varias ciudades del país en las sedes del Poder Judicial de la Federación (PJF).

De igual manera en Cancún, Playa del Carmen, Cozumel, Felipe Carrillo y Chetumal, grupos defensores de la vida y de conciencia hicieron lo propio en la sede del PJF.

En Cancún más de 80 asociaciones civiles, colectivos y agrupaciones que trabajan con mujeres en estado de vulnerabilidad y bebés concebidos en riesgo de morir, representadas por la Alianza por la Vida en Quintana Roo, se presentaron en avenida Andrés Quintana Roo con avenidas Kinik y Kohunlich, para hacer lo propio.

Objeción de Conciencia

Entrevistada en la explanada del PJF en Cancún, Beatriz Ramos, médico de profesión destacó que la Objeción de Conciencia, es un derecho establecido en el artículo 10–Bis de la Ley General de Salud, que se refiere al rechazo del personal de salud a una conducta especifica por razones morales, éticas, religiosas, filosóficas. Esto significa que si el personal de salud, enfermería, médico, especialistas, etc., no quieren realizar o ayudar a un procedimiento médico como el aborto, están en el derecho de no realizar ese trabajo, así como a no ser discriminados por defender su convicción e ideales. Quitar este derecho y obligar al personal de salud a realizar todo tipo de procedimientos de acuerdo al numeral 54–2018, es una acción de inconstitucionalidad.

Mientras que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 5º dice “a ninguna persona podrá impedírsele dedicarse a su profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode siendo licito. Nadie será obligado a prestar trabajos personales, sin la justa retribución y sin pleno conocimiento”.

Consagrar su vida al servicio de la humanidad

Mencionó que al terminar la carrera de medicina y ser admitida como profesional de la salud, dio su palabra de consagrar su vida al servicio de la humanidad, y prometer solemnemente ante el honorable jurado de la Universidad la Declaración de Ginebra de comprometerse, dedicarse a dar su vida al servicio de la humanidad, de ahí que el médico está para velar por la salud y el bienestar, respetando la autonomía y la dignidad de sus pacientes, cuidar por el máximo respeto de la vida humana.

Dijo que en su profesión no se permiten consideraciones ni discriminaciones por edad, enfermedad, incapacidad, credo, origen étnico, sexo, nacionalidad, afiliación política, raza, orientación sexual, clase social o cualquier otro factor, que se interponga en los deberes con sus pacientes y velar por el compromiso de guardar y respetar los secretos que se le hayan confiado incluso después de fallecer el paciente, concluyó.

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